A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Londoño Londoño William·Demandado Municipio De Pereira
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Pereira y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La causa que origina la controversia consiste en la presentación de una demanda ordinaria laboral, por parte de un ciudadano, en contra del municipio de Pereira, a través de la que solicita declarar, entre otras pretensiones, que se le reconozcan y paguen las acreencias laborales dejadas de percibir, los perjuicios causados y que sea reintegrado, por considerar que suscribió contrato aboral a término indefinido, en calidad de trabajador oficial, con el municipio de Pereira y que ejercía el cargo de obrero de mantenimiento para el momento de su despido, sin justa causa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace referencia a lo dispuesto en Auto 872 de 2021, reiterado en Autos 226 y 293 de 2024, al tratarse de un conflicto de índole laboral entre un trabajador oficial y una entidad pública, que no deriva de una convención colectiva del trabajo, y resuelve con base en la regla de decisión según la cual, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial con motivo de su desvinculación.
Esto, en virtud de la cláusula general de competencia de esa jurisdicción y especialidad, prevista por el numeral 1 del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Pereira, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Pereira conocer la demanda ordinaria laboral presentada por William Londoño Londoño en contra del municipio de Pereira, Risaralda.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5198 al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Pereira, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.